El incumplimiento de alimentos es una violación del derecho a la alimentación. El derecho a la alimentación es un derecho humano fundamental que tiene como objetivo garantizar el acceso a una alimentación suficiente, saludable y nutritiva. El derecho a la alimentación está reconocido en numerosos instrumentos internacionales de derechos humanos, incluido el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
El derecho a la alimentación se encuentra también en la Constitución de muchos países. Por ejemplo, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se reconoce el derecho a la alimentación en el Artículo 4:
«Los habitantes de la Nación mexicana tienen derecho a una alimentación suficiente, saludable y nutritiva conforme a las normas internacionalmente reconocidas.»
Asimismo, el Artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos proclama:
«Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, el pleno desarrollo de su personalidad y le libere de amenazas contra su existencia física o mental.»
El derecho a la alimentación comprende tanto el derecho a producir alimentos como el derecho a tener acceso a ellos. En virtud del derecho a la alimentación, todas las personas deben tener acceso a una alimentación suficiente, saludable y nutritiva. El acceso a los alimentos no solo es un asunto de disponibilidad, sino también de calidad y seguridad. La calidad de los alimentos se refiere a su contenido nutricional y su frescura; La seguridad de los alimentos se refiere a su inocuidad y pureza.
Un estándar mínimo para el derecho a la alimentación fue elaborado por la Organización para la Alimentación y Agricultura de las Naciones Unidas (FAO) y adoptado por los Estados Miembros de las Naciones Unidas en 1979. Este estándar considera que el acceso a los alimentos es un derecho humano fundamental y que todas las personas deben tener acceso a una alimentación suficiente, saludable y nutritiva. Según el estándar, todas las personas deben tener acceso a los mismos tipos y cantidades de alimentos, independientemente de su situación económica o social.
La FAO define la protección del derecho a la alimentación como «la obligación de los Estados de proteger este derecho mediante la adopción y el mantenimiento de políticas públicas adecuadas». La protección del derecho a la alimentación requiere que los Estados tomen medidas para garantizar el acceso de todas las personas a una alimentación suficiente, saludable y nutritiva. Estas medidas deben ser adoptadas en función de las necesidades particulares de cada país y deben estar dirigidas a promover el bienestar general de la población. Las políticas públicas adecuadas pueden incluir medidas tales como:
– Garantizar el acceso universal a los servicios básicos, como agua potable y saneamiento, que son esenciales para una buena higiene y una buena nutrición.
– Establecer programas para mejorar el acceso de las personas vulnerables, como los niños pequeños, las mujeres embarazadas y las madres lactantes, a los nutrientes esenciales.
– Proporcionar educación nutricional para ayudar a las personas a tomar decisiones informadas sobre qué comer para mantenerse saludables.
– Fomentar la agricultura sostenible para garantizar que las futuras generaciones tengan acceso a los mismos recursos naturales que actualmente se utilizan para producir alimentos.
La FAO también ha identificado cuatro principios fundamentales que deben guiar las políticas públicas destinadas a proteger el derecho a la alimentación: universalidad, igualdad, nondiscriminación e inclusiónsocial. Los cuatro principios son interdependientes e interrelacionados entre sí. Juntamente, forman un marco integral para proteger el derecho humano fundamental a la alimentaciónsin discriminacións social ni económico.
El principio de universalidad reconoce que todas las personashan derecho a la alimentaciónsin discriminaciones social ni económico. Todas las personastienen igualdad ante law sin importarel lugar donde nacieron o viven actualmente, sus característicaspersonales (comoenfermedades crónicas), sus creenciass religiosasaún siendo indigentesa consecuencia del hambre.
El principio detodavía reconociendoque existendeterminadas personasmás vulnerablesque requierenun trato preferentesiendo atendidasy protegidassus necesidadesparticulares(por ejemploenfermedades mentales).
El principio degarantizaque todos losefectivamentetienen igualdad dederechossin discriminacionessocialesiendo consideradaslas diferenciaseconómicasy culturalesque existenentre ellossin embargoel principioprotegeadecuadamentea aquellaspersonascuyoscondicioneshacen queseantodavía más vulnerables:niñosen edad escolarpoblacionesmigrantesy solicitantesde asiloentre otros gruposde riesgoalgunospuedenser excluidossistemáticamentede laproteccióndel debidoal hechode no poseerlos documentosen regla(por ejemplosiendo migrantespuedenser deportadosa consecuencia).
Discriminacionessocialesy etniasminoritariastambién representanun problemadelincumplimientode este principiofundamentalaunquees ciertoque últimamentese hantomadomedidasal respectoen determinadoslugarescomoen Canadádonde se haconsideradoque no se podríaexcluira aquellospacientesque requieranatencionespublicasespecialmentepor motivosetniasal pertenecera gruposrelativamentevulnerablescomolospueblosindígenasa quienesse les niegaeltema principalaccésa serviciosmédicospúblicossistemáticamentea consecuenciaesteproblemade exclusiónsocialha sidoconsideradocomoun problemapara laproteccióndel